Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41921

N° Receptoría:

Fecha: 2014-05-08

Carátula: SUPERINTENDENCIA de RIESGOS del TRABAJO C/ MONTECINO Pablo Gustavo S/ EJECUTIVO

Descripción: REGULACION-VVE. P/HACER OFICIO

//neral Roca, 08 de mayo de 2014.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "SUPERINTENDENCIA de RIESGOS del TRABAJO C/ MONTECINO Pablo Gustavo S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 41921).-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación de fs. 71, por la suma de $ 5.141,20.- al 16-12-2013.-

Aclárase que restando los importes transferidos a fs. 72 -$ 446,60.- queda un saldo de $ 4.694,60.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia SA a fin de que proceda a transferir de la cuenta de autos N° 126694370 a la cuenta del Banco Nación ARgentino N° 2820/76 suc. 599 (Plaza de Mayo) denominación SRT-7500/852-Gtias Recaud. Fdo. Terc. CBU 0110599520000002820765, la suma de $ 4.694,60.- en concepto de: cancelación de planilla aprobada precedentemente.

Advirtiéndose que no se reguló honorarios por la ejecución, regulos los honorarios del Dr. Sergio R. González -apoderado- en la suma de $ 800.- (MB: $ 3.145,25.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-

TODO LO QUE ASI RESUELVO.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

A la regulación por acrecidos estése a los regulados a fs. 72.-

A la regulación de honorarios complementarios, no ha lugar.-

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Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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