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Proveído
Organismo: Juzgado Civil, Comercial y Mineria Nro. 1 (Ex-Juz.7)
Ciudad: Cipolletti
N° Expediente: 33230
N° Receptoría: Q-4CI-1-C2013
Fecha: 2014-05-05
Carátula: GARCIA SILVERIO Y OTROS C/ PETROLIFERA PETROLIUM AMERICAS LIMITED Y OTRA S/ AMPARO COLECTIVO
Descripción: INTIMACIONES (Art. 47 CPCC y Bono Ley)
Sr. Juez: Informo a Ud. que la demora en proveer el escrito que antecede se debe al cúmulo de tareas generado por la falta de personal necesario para un Juzgado de Primera Instancia, como así también a la inexistencia de una planta con cargos jerarquizados, conforme lo establece el Reglamento Judicial, y al retraso ocasionado por las medidas de fuerza tomadas por los trabajadores judiciales en los meses que preceden.
Secretaría, 5 de Mayo de 2014.
Dra. María Adela Fernández
Secretaria
Cipolletti, 5 de Mayo de 2014. w. b.
Téngase presente el informe que antecede.
Proveyendo fs. 464:
De confomidad con lo que dispone el último párrafo del art. 47 del CPCC, intímase al peticionante para que dentro de dos días suscriba la copia del poder general acompañado, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado.
Intímese al profesional a acompañar Bono Ley del Colegio de Abogados, bajo apercibimiento de denunciar su incumplimento a dicha Institución.
Dr. Alejandro Cabral y Vedia
Juez
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Poder Judicial de Río Negro