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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32990IV
Fecha: 2014-05-05
Carátula: ALVAREZ ANSELMO Juan Bautista S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 05 de mayo de 2014.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: "ALVAREZ ANSELMO Juan Bautista S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. N* 32990IV).-
RESUELVO: Tener por abonado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Regular los honorarios del Dr.Hernán Felipe Otero (paderado de María Enilda Torregiani (cónyuge supérsitite), Jorge Anselmo Alvarez (hijo del causante) y patrocinante de Roberto Alvarez y Mariana Alvarez (nietos del causante) por la primera y segunda etapa a cargo de los herederos y la cónyuge supérsite en la suma de $8.320.- (MB:$ 77.946,95 (fs. 63)).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8, 25 y 44 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-
A la regulación por la tercera etapa, estése a lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "LUCERO CIRILO s/Sucesión" (Expte. 21217-CA-12) y "MEHDI DAVID ROBERTO s/SUCESION TESTAMENTARIA" (Expte. Nro. 21235-CA-12).-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro