Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39487

N° Receptoría:

Fecha: 2014-04-30

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ ESPARZA Daniel S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO

"CREDIL S.R.L. C/ ESPARZA Daniel S/ EJECUTIVO"

(Expte. Nro. 39487)

//neral Roca, 30 de abril de 2014.-c

Téngase presente la empleadora denunciada, Transporte Romasiba SRL y íbrese oficio a la misma a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado, en la proporción que establece el Decreto Ley 484/87, por las sumas de $ 149,70.- en concepto de capital (fs. 8), con más la de $ 200.- calculados para intereses y costas. Dichos montos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.

Al punto2, téngase presente y a los fines de la notificación del embargo, líbrese cédula al demandado, en el domicilio denunciado.-

Dra. ANDREA V. DE LA IGLESIA

Juez

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