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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0822/2010
Fecha: 2014-04-29
Carátula: VOLPONI BRUNO Y DOMINGUEZ ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA C/ HIJOS - NIETOS Y CONYUGE
Viedma, de abril de 2014.-
Y VISTOS: Los autos caratulados: "VOLPONI BRUNO Y DOMINGUEZ ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO" Expediente Nº 0822/2010;
Y CONSIDERANDO:
Que según la partida de fs. 4 se acredita que el causante Bruno Volponi falleció en Viedma, el día 08 de marzo de 1.974 y la causante Angela Dominguez en Viedma, el día 18 de agosto de 1991.-
Que con la partida obrante a fs. 6vta./7 se acredita el matrimonio de los causantes acto celebrado en Viedma, el día 11 de diciembre de 1.919.-
Que con las partidas obrantes a fs. 8, 22, 67, 15, 80, 13, 46, 63, 23, 53, respectivamente, se acredita el nacimiento de los hijos: Emilia Volponi ocurrida en Viedma, el día 07 de agosto de 1.925, Yolanda Volponi en Viedma, el día 04 de julio de 1.927, Mafalda Volponi en Viedma, el día 04 de noviembre de 1.929, Alberto Volponi en Viedma, el día 26 de octubre de 1.931, Elvio Volponi en Viedma, el día 24 de abril de 1.933, Bruno Volponi en Viedma, el día 01 de enero de 1.937, Amelia Volponi en Viedma, el día 25 de enero de 1.939, Carlos Eugenio Volponi en Viedma, el día 06 de julio de 1.941, Angela María Volponi en Viedma, el día 25 de septiembre de 1.942 y Ada Volponi en Viedma, el día 25 de mayo de 1.944.-
Que con la partida obrante a fs. 81 se acredita el fallecimiento de Elvio Volponi ocurrida el día 08 de octubre de 1.976. Que con la partida obrantes a fs. 68 se acredita el nacimiento de su hijo Elvio Bruno Volponi ocurrida el día 04 de febrero de 1.973, nieto de los causantes.-
Que a fs. 25/26 obran las inscripciones en el Registro Público de Juicios Universales que determina el art. 3 de la Ley 788, con los requisitos de la Acordada del Superior Tribunal de Justicia.-
Que a fs. 30/31 se encuentran agregados los oficios librados al Registro de la Propiedad Inmueble que determina el art. 6 de la Ley Nº 133, mediante el cual se informa que los causantes no dejaron disposición testamentaria.-
Que a fs. 34/41 corren agregados los recibos y ejemplares del Boletín Oficial y diario Río Negro, donde consta la publicación de los edictos ordenados, habiendo certificado el Actuario a fs. 86 sobre el vencimiento del término y resultado de dichas publicaciones.-
Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 88, la Fiscalía de Estado a fs. 87 y la sra. Defensora de Incapaces a fs. 89 y lo dispuesto por los arts. 3565, 3566, 3570 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de don BRUNO VOLPONI le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: EMILIA VOLPONI, YOLANDA VOLPONI, MAFALDA VOLPONI, ALBERTO VOLPONI, ELVIO VOLPONI, BRUNO VOLPONI, AMELIA VOLPONI, CARLOS EUGENIO VOLPONI, ANGELA MARIA VOLPONI y ADA VOLPONI y su cónyuge ANGELA DOMINGUEZ, sin perjuicio de los derechos que le asisten a ésta por la disolución de la sociedad conyugal.-
2.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de doña ANGELA DOMINGUEZ le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: EMILIA VOLPONI, YOLANDA VOLPONI, MAFALDA VOLPONI, ALBERTO VOLPONI, BRUNO VOLPONI, AMELIA VOLPONI, CARLOS EUGENIO VOLPONI, ANGELA MARIA VOLPONI y ADA VOLPONI y su nieto ELVIO BRUNO VOLPONI por derecho de representación de su padre premuerto Elvio Volponi.-
3.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
4.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro