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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0283/2013
N° Receptoría: O-1VI-13-C2013
Fecha: 2014-04-29
Carátula: BESTENE JORGE MANUEL S/ DILIGENCIA PRELIMINAR
Descripción: PROVIDENCIA
EXPTE. Nº 0283/2013
CARATULA: BESTENE JORGE MANUEL S/ DILIGENCIA PRELIMINAR
Viedma, de abril de 2014.-
Atento lo peticionado, habiendo adquirido firmeza la resolución de fs. 42 que dispusiera la constatación de la existencia de semovientes en el predio del Sr. Perez -sin ordenar la realización de inventario alguno respecto de herramientas y enseres-, a lo peticionado no ha lugar. Téngase presente la autorización conferida.-
A los fines de la realización de la medida, hágase saber a la actora que deberá dar intervención a SENASA en los términos de la Ley 3959.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro