Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0326/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-04-29

Carátula: BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ DANI LILIANA S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUID.

EXPTE. Nº : 0326/2012.-

CARATULA: "BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA C/ DANI LILIANA S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, de abril de 2014.-

Atento lo peticionado y advirtiendo que en la liquidación practicada por la parte los intereses aplicados superan el límite permitido del 4 % mensual, es decir el 48 % anual conforme lo dispuesto en los arts. 21, 656, 1071 y conc. del C.C. y jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones, corresponde adecuarla en tal sentido.-

En consecuencia, habiendo vencido el traslado de la liquidación sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, modificada que fuera en la aplicación de los intereses pactados conforme lo dispuesto precedentemente y descontada la suma de $ 2.723 toda vez que se corresponde a una suma presupuestada en la parte resolutiva de la sentencia monitoria, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 3.805 en concepto de intereses de honorarios y capital, importes calculados al 31-03-14.-

R.B.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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