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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-495-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-495-C2013
Fecha: 2014-04-29
Carátula: MONTORFANO GABRIELA C/ VAZQUEZ LUIS DARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 29 de abril de 2014.-s
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "MONTORFANO GABRIELA C/ VAZQUEZ LUIS DARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. N* D-2RO-495-C3-13).-
Apruebo en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 26 por la suma de $ 176,20 al 28/02/2014.-
Regulo los honorarios de la Dra. Gabriela Montorfano (en causa propia en la suma de $ 500 (MB: $ 840 fs. 9).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Previo al libramiento de fondos deberá acompañarse el saldo bancario en virtud de que no fue adjuntado como menciona.-
Asimismo, córrase vista a Caja Forense.-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro