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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39135
Fecha: 2014-04-29
Carátula: AGUAS RIONEGRINAS S.A. C/ ABRAHAM Graciela S/ EJECUTIVO
Descripción: NO HA LUGAR A AUTORIZACION. LEVANTAMIENTO IGB ABSTRACTO
"AGUAS RIONEGRINAS S.A. C/ ABRAHAM Graciela S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. 39135)
//neral Roca, 29 de abril de 2014.-
A la autorización para escriturar solicitada, no ha lugar por no corresponder.-
En lo demás, considerando tanto la contestación del acreedor de fs. 32 como el pedido incoado a fs. 28 debo decir que el pedido de levantamiento de la inhibición general de bienes ha devenido abstracto, y ello por cuanto el acreedor no ha inscripto tal medida y su caducidad opera de pleno derecho (art. 207 C.P.C.C.).- TODO LO QUE ASI RESUELVO. NOTIFIQUESE.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro