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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0837/2011
Fecha: 2014-04-24
Carátula: FERRARI JUAN CARLOS C/ SANTOLIQUIDO JULIO CESAR S/ EJECUTIVO
Descripción: ORDEN DE PRIVILEGIO
EXPTE. Nº : 0837/2011.-
CARATULA: FERRARI JUAN CARLOS C/ SANTOLIQUIDO JULIO CESAR S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de abril de 2014.-
Agréguese la media carátula formada.-
Al escrito de fs. 45/46:
Atento lo manifestado y a los fines peticionados, hágase saber en los autos caratulados: "Antón José Francisco de Javier c/ Santolíquido Julio César s/ Ejecutivo" Expte. nº 0373/2011, en trámite por ante este Juzgado, que una vez realizada la subasta del inmueble embargado y en la oportunidad dispuesta en el art. 590 del CPCC, deberá transferir la suma de $ 310.982 en concepto de capital y honorarios, con más la suma de $ 31.100 presupuestada para intereses y costas, conforme anotación de embargo que fuera realizada sobre el inmueble en cuestión (fs. 30/32). A los fines de la toma de razón de la medida ordenada, déjese constancia por Secretaría en los autos mencionados.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro