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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0785/2013
N° Receptoría: A-1VI-108-C2013
Fecha: 2014-04-23
Carátula: ARIDEROS S.R.L. C/ BASZKIR JACOBO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 ORDINARIO - Nueva
EXPTE. N° 0785/2013
CARATULA: ARIDEROS S.R.L. C/ BASZKIR JACOBO S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Viedma, de abril de 2014.-
Proveyendo a fs. 418:
Tiénese presente.-
Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del CPCC, fíjase audiencia para el día 05 de agosto de 2014 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del CPCC y de aplicar el equivalente a 10 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa.-
De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del CPCC, las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar. Notifíquese por Secretaría.-
Proveyendo a fs. 419:
Tiénese presente la renuncia efectuada por el Dr. Rolando Gaitán.-
Tiénese a la Dra. Maria Carolina Gaitán por presentada, parte en el carácter invocado a tenor de la copia del poder obrante a fs. 409/411 y por constituído el domicilio. Notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro