Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0405/2013

N° Receptoría: A-1VI-52-C2013

Fecha: 2014-04-23

Carátula: ARAYA RICARDO HERNAN C/ VAZQUEZ AGUILAR JUSTINO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: DECRETO DE REBELDIA

EXPTE Nº 0405/2013

CARATULA: ARAYA RICARDO HERNAN C/ VAZQUEZ AGUILAR JUSTINO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2014.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada y obrante en la causa e informando en este acto el Actuario, encontrarse vencido el término acordado a los accionados para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubieren efectuado, déseles por decaido el derecho que para hacerlo tenían y en mérito a lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial declárases rebeldes en el juicio a los demandados, Justino Vazquez Aguilar y Julia Cruz Estrada. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

Luciano Minetti Kern

Secretario

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