Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37437

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-08

Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A C/ ALVAREZ, Luis Fernando S/ Ejecutivo (*) (Apelación)

Descripción: EMBARGOS

cedula a Caja Forense notifica regula. honorarios del 5-6-06

//neral Roca, 8 de JUNIO de 2006.=

Líbrese oficio a la firma mencionada a fin de que trabe embargo sobre los importes a percibir por el demandado en cualquier concepto, en caso de haberes, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 528,50.- en concepto de capital con más la de $ 300.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.

Pasen los presentes al despacho de la Defensora Oficial, Dra. Silfeni.

Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.

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Poder Judicial de Río Negro