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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0222/2014
N° Receptoría: I-1VI-63-C2014
Fecha: 2014-04-16
Carátula: SCHENFELD ANAHI LORENA C/ PICCOLINI JORGE Y OTROS S- DAÑOS Y PERJ. RESP. PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)- CUADERNO ACTORA S/ EXHORTO (Juzgado Civil y Com. Nº 5 de Bahía Blanca)
Descripción: AUD. TESTIGOS art. 431
EXPTE. No. 0222/2014
CARATULA: SCHENFELD ANAHI LORENA C/ PICCOLINI JORGE Y OTROS S- DAÑOS Y PERJ. RESP. PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)- CUADERNO ACTORA S/ EXHORTO (Juzgado Civil y Com. Nº 5 de Bahía Blanca)
Viedma, de abril de 2014.-
Asistiendo razón a la presentante en función de la documental agregada a fs. 2/3, revócase por contrario imperio la providencia de fs. 11, en consecuencia déjase sin efecto la reposición de aportes y sellados allí ordenada.-
Sin perjuicio de la jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento con lo requerido en el oficio de fs. 7/9. A a los fines que los Sres. Claudio Aníbal Pérez, Mario Alejandro Traba y Maximiliano Donofrio comparezcan a prestar declaración testimonial, fíjase audiencia para el día 14 de mayo de 2014 a las 9, 9,30 y 10 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 21 de mayo de 2014 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro