Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0445/2013

N° Receptoría: A-1VI-61-C2013

Fecha: 2014-04-16

Carátula: ORIENTE CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA C/ FERIOLI S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: Previo debe notificar la sentencia

EXPTE. Nº : 0445/2013.-

CARATULA: ORIENTE CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA C/ FERIOLI S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, de abril de 2014.-

Atento el estado de autos y toda vez que el actor no ha sido notificado de la sentencia de fs. 134/135 y que a fs. 141 se ordenó el traslado del memorial, a los fines de evitar perjuicios, notifíquese el traslado allí dispuesto mediante cédula (conf. art. 135, inc. 11) del CPCC), conjuntamente con la sentencia.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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