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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26925III
Fecha: 2014-04-16
Carátula: GONZALEZ Leonor Rosa y QUINTREMAN Roberto S/ DIVORCIO VINCULAR (c)
Descripción: RECHAZA REVOCATORIA.
GONZALEZ LEONOR ROSA c/ QUINTREMAN ROBERTO s/ DIVORCIO (Expte. 26.925 -III- 93).-
General Roca, 16 de abril de 2014.-s
Al recurso de apelación interpuesto no ha lugar por improcedente, por cuanto al haberse concedido a fs. 372 vta. el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Leonor R. Gonzalez ello importa para quien suscribe el desprendimiento de la jurisdicción y en lo que es objeto del recurso. Por ende tal auto no resulta susceptible del recurso de revocatoria, sino sujeto en definitiva al examen y facultades que posee la Alzada en materia recursiva. LO QUE ASI RESUELVO.-
Previo a la elevación a la Cámara de Apelaciones, deberá notificarse la regulación de honorarios de fs. 338 vta. a Caja Forense.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro