Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 26925III

N° Receptoría:

Fecha: 2014-04-16

Carátula: GONZALEZ Leonor Rosa y QUINTREMAN Roberto S/ DIVORCIO VINCULAR (c)

Descripción: RECHAZA REVOCATORIA.

GONZALEZ LEONOR ROSA c/ QUINTREMAN ROBERTO s/ DIVORCIO (Expte. 26.925 -III- 93).-

General Roca, 16 de abril de 2014.-s

Al recurso de apelación interpuesto no ha lugar por improcedente, por cuanto al haberse concedido a fs. 372 vta. el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Leonor R. Gonzalez ello importa para quien suscribe el desprendimiento de la jurisdicción y en lo que es objeto del recurso. Por ende tal auto no resulta susceptible del recurso de revocatoria, sino sujeto en definitiva al examen y facultades que posee la Alzada en materia recursiva. LO QUE ASI RESUELVO.-

Previo a la elevación a la Cámara de Apelaciones, deberá notificarse la regulación de honorarios de fs. 338 vta. a Caja Forense.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro