Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0308/2013

N° Receptoría: A-1VI-35-C2013

Fecha: 2014-04-15

Carátula: DAGFAL MARIO OSVALDO C/ ZURMAN RICARDO WALTER S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: intima ratificar

EXPTE. Nº 0308/2013

CARATULA DAGFAL MARIO OSVALDO C/ ZURMAN RICARDO WALTER S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2014.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio..-

Por contestado el traslado conferido a fs. 37.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 48 del CPCC, intímase al profesional interviniente para que dentro del plazo de 48 horas ratifique o acredite personería, bajo el apercibimiento previsto en la citada norma legal. Notifíquese.-

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Poder Judicial de Río Negro