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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0306/2011
Fecha: 2014-04-14
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ ANTENAO MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO
Descripción: LIQUID.-COBRO-EMBARGO
EXPTE. Nº : 0306/2011.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ ANTENAO MIGUEL ANGEL S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, de abril de 2014.-
Agréguese el saldo bancario acompañado.-
No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme detalle efectuado por la parte a fs. 39 asciende a la suma de $ 650,82 al 12-02-14.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli (DNI nº 21.618.121) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122025867, hasta cubrir la suma de $ 650,82 en concepto de monto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado como empleado de la Secretaría General de la Gobernación, hasta cubrir la suma de $ 278,05 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.183 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial de autos nº 122025867 a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos del Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
Se deja constancia que la copia del oficio obra en sistema lex. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro