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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0246/2013
N° Receptoría: A-1VI-26-C2013
Fecha: 2014-04-14
Carátula: ASOCIACION MUTUAL PERSONAL BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LOPEZ VICTOR S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA DEMANDADOS
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: VICTOR DANIEL LOPEZ y ROBERTO GABRIEL LOPEZ (Dres. Edgardo Raúl Castello y Alberto José Brusa)
Domicilio: GALLARDO Nº 71 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ASOCIACION MUTUAL PERSONAL BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/LOPEZ VICTOR S/USUCAPION", Expte. Nº 0246/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 10 de abril de 2014.- Atento el estado de las presentes actuaciones y la inspección ocular del bien inmueble en cuestión que fuera oportunamente solicitada por la parte actora a fs. 29 vta., señálase el día 07 de mayo de 2014 a las 12.00 hs. a los fines de se realización. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de abril de 2014.-
*05TXHO.DK416D*
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Poder Judicial de Río Negro