Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42238

N° Receptoría:

Fecha: 2014-04-14

Carátula: CARRASCO VALENZUELA Gregorio Arturo S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIO SUCESION

Expte:CARRASCO VALENZUELA Gregorio Arturo S/ SUCESION AB INTESTATO

Nro: 42238

General Roca, 14 de abril de 2014.-s

Proveyendo a fs. 48: Agréguese la copia certificada de la declaración de insania de ROBERTO CARRASCO.-

Surgiendo de los registros informáticos que por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, tramita el expte. SOTO OLGA DE LA CRUZ Y CARRASCO LAURA INES S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (42497-III-12), y siendo competente el Tribunal, declárase la apertura del presente sucesorio.-

Líbrese oficios a los Registros Público de Juicios Universales y de Testamentos.-

Publíquese edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.-

A fin de designar a la administradora propuesta a fs. 8 vta. deberá acompañarse conformidad de los restantes herederos.-

Cítese a los restantes herederos denunciados Nolfa, Elías, Benito, Luis Eliseo, Marcela, Mario y a los herederos de Marta Lidia, todos de apellidos Carrasco a fin de que comparezcan a estar a derecho en autos en los términos del artículo 699 del C.P.C. Para su cumplimiento, líbrese cédula.-

Acompáñese el certificado de nacimiento de Marta Lidia Carrasco.-

Proveyendo a fs. 49: Téngase a Laura Inés Carrasco por presentada con nuevo patrocinio letrado.-

Del domicilio constituido, traslado. Not.-

Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-

Habiéndose desglosado la documentación de fs. 31 y siendo necesaria como base de la presente acción, glósese la misma a autos.-

Resérvese en Caja Fuerte la Libreta de Familia (fs. 3) a los fines de su conservación.-

En consecuencia, déjese sin efecto lo ordenado a fs. 33, 2° párrafo.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

NOTA: De haberse glosado fs. 31 y de haberse reservado fs. 3. CONSTE.-

SANDRA B. RIOS

Jefa de Despacho Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro