Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0181/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-06-07

Carátula: HERNANDEZ BLAS JESUS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: PROV. ARMANDO

EXPTE. Nº : 0181/2003.-

CARATULA: HERNANDEZ BLAS JESUS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, junio de 2006.-

Siendo suficientemente clara la providencia de fs. 333 y toda vez que el recurso de aclaratoria no procede contra providencias simples, ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 166 del C. Pr., al mismo no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello, hágase saber que lo dispuesto a fs. 333 no es sinó el cumplimiento del contrato que ya fuera revisado, en los términos y condiciones que se mantuvieron vigentes en la sentencia definitiva dictada en autos.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro