Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 20196/05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-24

Carátula: ODARDA MARIA MAGDALENA S/ AMPARO S/ COMPETENCIA

Descripción: Medida p/Mejor Proveer

Expte.N°20196/05-STJ-

//MA, 24 de junio de 2004.-

-----Acorde lo peticionado precedentemente por el Sr. Juez de Primer Voto, Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas, interrúmpanse los plazos para fallar y procédase por Secretaría como se peticiona, requiriéndose a través del Juzgado de Paz de la ciudad de Sierra Grande el comparendo de la Sra. Nélida Garuz a los efectos de ponerla en conocimiento de la acción intentada, ratificarla y expedirse sobre la actualidad de la situación en relación a la prestación del servicio de agua potable en su domicilio en Calle 22 Nº392 de la mencionada ciudad.- - - - - - - - - - - - - - - -

FDO.ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

EXPTE. Nº20196/05-STJ

Señor Presidente:

-----Previo a expedirme, atento a lo dispuesto por las leyes 3720, 3876 y 3943, solicito se interrumpan los plazos para fallar y como medida para mejor proveer se requiera a través del Juzgado de Paz de la ciudad de Sierra Grande el comparendo de la Sra. Nélida Garuz a los efectos de ponerla en conocimiento de la acción intentada, ratificarla y expedirse sobre la actualidad de la situación en relación a la prestación del servicio de agua potable en su domicilio en Calle 22 Nº392 de la mencionada ciudad.-

Viedma, 23 de junio de 2005.-

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Poder Judicial de Río Negro