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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0969/2011
Fecha: 2014-04-10
Carátula: CABALLERO JOSE LUCAS C/ MAZZA MARIANO SEBASTIAN S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. Nº : 0969/2011.-
CARATULA: CABALLERO JOSE LUCAS C/ MAZZA MARIANO SEBASTIAN S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de abril de 2014.-
Atento lo peticionado y no habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 31-01-14 asciende a la suma de $ 20.426,30 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 91, modificada que fuera la misma, toda vez que no se ha tenido en cuenta el rubro B., teniendo en cuenta que el auto interlocutorio obrante a fs. 55 modifica los honorarios regulados en la sentencia monitoria de fs. 8 y no se trata de una nueva regulación como liquida la parte.-
En consecuencia, teniendo en cuenta la dación en pago por parte del ejecutado que dan cuenta los depositos obrantes a fs. 86 y 88, por la suma total de $ 18.664 y lo solicitado en el punto II) de los escritos obrantes a fs. 87 y 89, hágase saber al ejecutado que deberá depositar la suma de $ 1.762,30 para cancelar la liquidación aprobada precedentemente. Notifíquese..-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro