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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0215/2013
N° Receptoría: D-1VI-177-C2013
Fecha: 2014-04-10
Carátula: BANCO PATAGONIA S.A. C/ DIRENE AMILCAR ALFREDO S/ EJECUTIVO
Descripción: AGREGA-EMBARGO
EXPTE. Nº : 0215/2013.-
CARATULA: "BANCO PATAGONIA S.A. C/ DIRENE AMILCAR ALFREDO S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, de abril de 2014.-
Agréguese el informe recibido de fs. 80.-
Proveyendo el escrito precedente: Agréguese y tiénese presente.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Amilcar Alfredo Direne como empleado del Consejo Provincial de Educación, hasta cubrir la suma de $ 13.197,84 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 3.127 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial nº 299010164 a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos del Banco Patagonia S.A..
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro