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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 17076-084-13
N° Receptoría: Q-3BA-49-CC2013
Fecha: 2014-04-09
Carátula: CRESPO, LUIS ANGEL / BOTBOL, MARCOS LUIS Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- S/ QUEJA
Descripción: OFICIO hace lugar a la queja
San Carlos de Bariloche, 9 de abril de 2014
Al sr. Secretario del
Juzgado Civil y Comercial nro.1
Dr. MARIANO CASTRO
S / D
OFICIO Nro. 58/14
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados: "CRESPO, LUIS ANGEL C/ BOTBOL, MARCOS LUIS Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- S/ QUEJA", expte. nro. 17076-084-13, (reg.cám) que tramitan por ante esta Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, bajo la presidencia del dr. Emilio Riat, secretaría a mi cargo, a fin de hacerle saber que en los presentes se ha dispuesto tramitar el recurso de apelación denegado en los autos principales.
El auto que ordena el presente dice en su parte pertinente: “///San Carlos de Bariloche, 31 de Marzo de 2014....Por ello la CAMARA...RESUELVE: 1ro.) I) Hacer lugar a la queja interpuesta. II) Comunicar lo resuelto mediante oficio de Secretaría al Juzgado de Primera Instancia para que se concedan las apelaciones interpuestas por los Dres. Miguel Blanco Crespo y Rodolfo César Huusmann contra la providencia del 13/08/2013, denegadas el 27/09/2013.....fdo. dres. Edgardo Camperi, Emilio Riat y Carlos Cuellar.- JUECES DE CAMARA.
Saludo a Ud. muy atentam ente
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro