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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-136-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-136-C2013
Fecha: 2014-04-09
Carátula: IRIGOYEN Mercedes Gregoria y Otra C/ BORDATO Raúl Angel y Otros S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: FIJA AUDIENCIA DEL 361 -VVE.P/NOTIFICAR
IRIGOYEN Mercedes Gregoria y Otra C/ BORDATO Raúl Angel y Otros S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
//neral Roca, 09 de abril de 2014.-
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 02 de junio de 2014 a las 8,30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, y que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500.- conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.
Rubrique el Dr. Francisco M. Brown el escrito de fs. 126.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Juez
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Poder Judicial de Río Negro