Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0283/2013

N° Receptoría: O-1VI-13-C2013

Fecha: 2014-04-08

Carátula: BESTENE JORGE MANUEL S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Descripción: Reanuda.

EXPTE. Nº 0283/2013

CARATULA: BESTENE JORGE MANUEL S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Viedma, de abril de 2014.-

Atento el estado de autos, lo solicitado por la parte actora y teniendo en consideración lo informado por SENASA a fs. 105/120, reanúdese la medida cautelar que fuera suspendida a fs. 75.-

Hágase saber a la actora que, previo a todo, deberá notificar en debida forma a la demandada la oportunidad en que se llevará a cabo la medida, a fin que ésta pueda ejercer su derecho en debida forma.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro