Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0234/2014

N° Receptoría: A-1VI-168-C2014

Fecha: 2014-04-07

Carátula: RIAL SERGIO ARIEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: INIC.CONTRA LA PROVINCIA (da intervencion Comisión Trans.)

EXPTE. Nº 0234/2014

CARATULA: RIAL SERGIO ARIEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2014.-

Por presentado, parte en el carácter invocado conforme copia de poder adjunto y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-

Previo a ordenar el traslado correspondiente, toda vez que la Provincia de Río Negro ha sido demandada y de conformidad con lo dispuesto por el art. 9º de la Ley K 3233, dése intervención a la Comisión de Transacciones Judiciales. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá reponer la suma de $ 7,50 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro