Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0635/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2014-04-07

Carátula: MUSSI HECTOR ARGENTINO C/ GONZALEZ VERDENELLI PABLO CESAR S/ EJECUTIVO

Descripción: SUBASTA INMUEBLE

EXPTE. N°: 0635/2006.-

CARATULA: "MUSSI HECTOR ARGENTINO C/ GONZALEZ VERDENELLI PABLO CESAR S/ EJECUTIVO".-

Viedma, de abril de 2014.-

Conforme lo manifestado y peticionado, levántase el embargo dispuesto a fs. 164, a cuyo fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble.-

Procédase a la subasta judicial del bien embargado, designado como Parcela 01A de la Manzana 753, UF 1, Pol. 00-01 del Balneario Las Grutas, Matrícula 17-9136/1, Nomenclatura Catastral 17-1-N-753-01A, con la base de $ 46.158,12, por intermedio del martillero Febo Capponi que en este acto se designa, quien deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción. El mismo deberá informar detalladamente al Juzgado sobre las condiciones físicas y de ocupación del inmueble y proponer con suficiente anticipación la fecha y lugar de realización de la subasta para su aprobación si correspondiere. Póngaselo en posesión del bien librándose el respectivo mandamiento, el que será diligenciado por el martillero en su carácter de Oficial de Justicia "ad-hoc". Oportunamente procederá a llevar a cabo su cometido en la forma de práctica, conforme las siguientes condiciones de venta: 10 % del precio al momento de la subasta, y el saldo restante dentro de los 5 días de aprobada la misma. Comisión del martillero (3 %) a cargo del comprador (art. 27 inc. a Ley 2.051). Venta sujeta a aprobación judicial. Asimismo exigirá a quien o quienes resulten compradores, la constitución del domicilio procesal en el radio del Juzgado conforme el art. 40 del CPCC, bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código citado. En caso de adquisición por comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el art. 571 del CPCC bajo el apercibimiento allí establecido. El martillero depositará las sumas percibidas y rendirá cuentas dentro de los 3 días de realizado el remate, bajo el apercibimiento del art. 564 del CPCC. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por 2 días en el diario "Río Negro" haciéndose constar que todas las deudas del inmueble serán a cargo del comprador a partir de quedar firme la aprobación de la subasta judicial como así también que, en caso de existir deudas exigibles anteriores a dicha oportunidad procesal deberá, en su caso, repetirlas del ejecutado (arts. 563, 564, 565, 566, 572, y ssgtes. y art. 578 del C.P.C.C.).-

Déjese constancia de la subasta decretada en las causas que tramitan por ante este Juzgado.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha se dejó constancia en los siguientes expedientes que tramitan por ante este Juzgado: nº 0437/2010 (acumulado al expte. nº 0865/12), nº 0704/2011 (acumulado al expte. nº 0866/2012) y nº 0743/2011 (acumulado al expte. 0782/2012). Conste.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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