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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37792
Fecha: 2014-04-04
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA C/ SANCHEZ Juan Francisco S/ EJECUTIVO
Descripción: AMPLIACION MONITORIA
//neral Roca, 04 de abril de 2014.s-
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en este expte. MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/SANCHEZ JUAN FRANCISCO S/EJECUTIVO (37.792-III-07),
No habiendo la demandada acompañado los documentos previstos por el art. 541 CPC, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 541 del CPC,
FALLO: Ampliando la sentencia de fs. 51/2, 162 y 175, contra JUAN FRANCISCO SANCHEZ mandándose llevar adelante la ejecución hasta tanto el nombrado hagan al acreedor MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA. íntegro el pago del capital reclamado de $ 535,02.- con más los intereses y costas de la ejecución.-
Regulo los honorarios del Dr. Juan Carlos Gimenez en $500 - (arts. 6, 7, 8 y 41 ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, y ley 2212 RN).-
Notifiquese y cúmplase con la ley 869.-
Regístrese.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro