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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36209
Fecha: 2014-04-03
Carátula: EXPOFRUT S.A. C/ SUCESORES DE HILARIO CAVALLARO S/ EJECUTIVO
Descripción: subasta Notif. (archivo)
General Roca, 26 de febrero de 2010.-
En mérito a lo solicitado, procédase a la venta en pública subasta del bien embargado a fs. 60, D.C. 71-n-008-08-0 con la base de $ 95.200 (fs. 68), por intermedio del martillero don Julio Malnis. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.
Publíquense edictos por un día, en el Boletín Oficial y dos días en el Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documetno de todos los sujetos intervinientes.-
En el edicto a publicarse se deberá consignar que el inmueble posee reserva de usufructo a favor de José Cavallaro y de Emilia Dimasi.-
Líbrese mandamiento de constatación.-
Hágase saber al martillero lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C. el que dispone que si fracasare el remate por falta de postores, después de media hora de iniciado el mismo, se reducirá la base al setenta y cinco por ciento (75%). si durante la media hora siguiente tampoco hubiere ofertas, se reducirá la base al ciencuta por ciento (50%). Si no obstante faltaren postores dentro de los quince (15) minutos siguientes, se suspenderá la subasta debiendo ordenarse una nueva venta sin base o conla que fije el juez.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
De haberse notificado al COLEGIO DE ABOGADOS el 20.03.14 en Expte. Nro. 38450. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro