include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-812-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-812-C2013
Fecha: 2014-03-27
Carátula: SUPERINTENDENCIA DE RIEGOS DEL TRABAJO C/ GODOY MARCELA SUYAI S/ EJECUTIVO
Descripción: AGREGA Y NULIDAD NOTIFICACION
"SUPERINTENDENCIA DE RIEGOS DEL TRABAJO C/ GODOY MARCELA SUYAI S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-812-C3-13)
//neral Roca, 27 de marzo de 2014.-j
Proveyendo el escrito de fs. 32, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs. 33, al punto I, atento las constancias de fs. 22, conforme criterio de la Excma Cámara de Apelaciones de fecha 18-12-13 en autos "Avalón Créditos Personales SA C/Leal Nicolás F. S/Ejecutivo" (Expte. 2ro-235-C2013) y a fin de evitar futuras nulificaciones, decrétase la nulidad de la notificación de fs. 22.-
Líbrese nueva cédula en iguales condiciones a las ordenadas a fs. 14 haciéndole saber al oficial de justicia que en caso de no encontrar a la demandada deberá dejar la cédula en el acceso del lugar, haciendo conocer al Tribunal qué diligencias practicó para determinar el efectivo domicilio de la requerida y si fuera atendido por alguna persona, identificar en lo posible a la misma hacerle firmar o dejar constancia de los motivos por los que no fue posible la identificación o la negativa a firmar, como así también el vínculo o relación que liga a la persona que atiende con aquella a la que se dirige la cédula.-
Al punto II, atento lo solicitado y la constancia de fs. 23 sin constar respuesta a lo requerido, líbrese nuevo oficio al Banco BBVA Banco Francés a los mismos fines que los ordenados a fs. 15 el que deberá ser contestado directamente al Tribunal en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99 del CPC los que se transcribirán.-
Respecto de Banco Pcia. Neuquén, estése al informe de fs. 24 vta.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
<*****>
Poder Judicial de Río Negro