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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34972
Fecha: 2014-03-27
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ SEPULVEDA Maria Gloria S/ EJECUTIVO
Descripción: Regulacion Honorarios
//neral Roca, 27 de marzo de 2014.-j
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "CREDIL S.R.L. C/ SEPULVEDA Maria Gloria S/ EJECUTIVO" (Expte. N* 34972).-
Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA A. SAITTA en la suma de $ 500.- (MB: $160.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley G2212 RN).-
TODO LO QUE ASI RESUELVO.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro