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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0184/2014
N° Receptoría: F-1VI-283-C2014
Fecha: 2014-03-26
Carátula: VALLA NOEMI ELENA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION - ENTREGA AUTOMOTOR
EXPTE. Nº: 0184/2014.-
CARATULA: "VALLA NOEMI ELENA S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de marzo de 2014.-
Por presentado en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Agréguese la partida de nacimiento acompañada y tiénese a las presentantes de fs. 12/13 por parte.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de NOEMI ELENA VALLA.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, requiérase del sr. Ramón Calvin, en el domicilio denunciado, la entrega del vehículo Renault Duster Luxe dominio NFS643 y su documentación, para su posterior puesta en posesión y/o entrega a las sras. Rosa Ana Valla y/o Angélica Irene Valla, bajo apercibimiento de proceder a su secuestro. A tal fin líbrese mandamiento el que será diligenciado por el sr. Oficial de Justicia, haciéndose saber que se encuentra autorizado para allanar el domicilio, solicitar el auxilio de la fuerza pública y todo otra medida que fuera necesaria para la realización de la diligencia ordenada.-
Hágase saber que la diligencia deberá realizarse con acompañamiento del profesional interviniente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro