Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0768/2013

N° Receptoría: B-1VI-44-C2013

Fecha: 2014-03-26

Carátula: COSMOPOLITA S.A. C/ ASOCIACION MUTUAL VALLE INFERIOR (AMVI) S/ SUMARISIMO

Descripción: HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO

EXPTE. Nº : 0768/2013.-

CARATULA: COSMOPOLITA S.A. C/ ASOCIACION MUTUAL VALLE INFERIOR (AMVI) S/ SUMARISIMO.-

Viedma, de marzo de 2014.-

Al escrito de fs. 491/492:

Por interpuesto recurso de revocatoria, con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 490.-

Atento los argumentos expuestos y asistiéndole razón a la recurrente en cuanto a que a fs. 490 se concedió a la parte demandada un nuevo plazo para acompañar las correspondientes copias para traslado de la documental en cuestión, sin considerar que a fs. 488 se le había concedido un plazo bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 120 del CPCC, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto y revocar por contrario imperio lo dispuesto a fs. 490.-

En su mérito, toda vez que la parte demandada no acompañado en debida forma las copias requeridas y habiéndose vencido el plazo establecido en el art. 120 del CPCC, hágase efectivo el apercibimiento allí previsto y en consecuencia, tiénese por no presentada la documental obrante a fs. 436/447 y procédase a su desglose para su posterior entrega al presentante.-

Proveyendo a fs. 493:

Estése a lo dispuesto precedentemente.-

Rosana Calvetti

Juez

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