Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16809-008-12

N° Receptoría:

Fecha: 2014-03-26

Carátula: FIGUEROA IRENE / MAYE ARTURO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: Interlocutoria- Aclaratoria

San Carlos de Bariloche, 20 de marzo de 2014.

VISTOS: Los autos caratulados "FIGUEROA IRENE C/ MAYE ARTURO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, expediente 16809-008-12 (registro de Cámara), tras imponerse individualmente de la causa los Señores Jueces Edgardo J. Camperi, Emilio Riat y Rubén O. Marigo y discutir la temática del fallo a dictar, de todo lo cual certifica la Actuaria,

Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 179 vta. pto. I, de fecha 20/02/2014, se ha incurrido en error material y que atento a lo solicitado por el letrado patrocinante de la actora a fs. 184, dónde dice: " I.- REGULAR los honorarios del Dr. Rodrigo Gerónimo Gonzaga (abogado de la demandante) por los trabajos de la segunda instancia en el 35% de lo que oportunamente se regule por los trabajos de la primera.", debe decir: "I.- REGULAR los honorarios del Dr. Ricardo Gerónimo Gonzaga (abogado de la demandante) por los trabajos de la segunda instancia en el 35% de lo que oportunamente se regule por los trabajos de la primera."

Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, RESUELVE: I) Aclarar que la resolución obrante a fs. 179 vta pto. I en los presentes autos, donde dice: " I.- REGULAR los honorarios del Dr. Rodrigo Gerónimo Gonzaga (abogado de la demandante) por los trabajos de la segunda instancia en el 35% de lo que oportunamente se regule por los trabajos de la primera.", debe decir:: "I.- REGULAR los honorarios del Dr. Ricardo Gerónimo Gonzaga (abogado de la demandante) por los trabajos de la segunda instancia en el 35% de lo que oportunamente se regule por los trabajos de la primera." II) Registrar, protocolizar y notificar lo resuelto por secretaría. III) Devolver oportunamente las actuaciones a su instancia de origen.

nsa

Edgardo J. Camperi Emilio Riat Rubén O. Marigo

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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