Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: D-2RO-310-C3-13

N° Receptoría: D-2RO-310-C2013

Fecha: 2014-03-26

Carátula: ROMAN María Angélica C/ MENDEZ Carolina Isabel S/ APELACION JUZGADO DE PAZ

Descripción: Cédula* Cédula*

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

MARIA ANGELICA ROMAN -DRA. LIDIA PATRICIA ESPECHE

MENDOZA 1578constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "ROMAN María Angélica C/ MENDEZ Carolina Isabel S/ APELACION JUZGADO DE PAZ” (Expte. N* D-2RO-310-C3-13), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 21 de Marzo de 2.014.-VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "ROMAN, MARÍA ANGÉLICA C/ MÉNDEZ, CAROLINA ISABEL S/ APELACIÓN JUZGADO DE PAZ " Expte. N°D-2RO-310-C3-13).-..RESUELVO: Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada a fs. 89, en función de los fundamentos esgrimidos en los considerandos.-Notifíquese, regístrese y vuelvan las presentes actuaciones al Juzgado de Paz de General Roca a sus efectos.-Dra. Andrea V. de la Iglesia Jueza.-

Se adjunta copia de Sentencia.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de marzo de 2014.-

ROMINA ZILVESTEIN

Secretaria Subrogante

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAROLINA ISABEL MENDEZ -DR. DANIEL ERNESTO CUOMO.

VILLEGAS 973 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "ROMAN María Angélica C/ MENDEZ Carolina Isabel S/ APELACION JUZGADO DE PAZ” (Expte. N* D-2RO-310-C3-13), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 21 de Marzo de 2.014.-...VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "ROMAN, MARÍA ANGÉLICA C/ MÉNDEZ, CAROLINA ISABEL S/ APELACIÓN JUZGADO DE PAZ "Expte. N°D-2RO-310-C3-13).-RESUELVO: Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada a fs. 89, en función de los fundamentos esgrimidos en los considerandos.-Notifíquese, regístrese y vuelvan las presentes actuaciones al Juzgado de Paz de General Roca a sus efectos.-Dra. Andrea V. de la Iglesia Jueza.-

Se adjunta copia de Sentencia.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de marzo de 2014.-

ROMINA ZILVESTEIN

Secretaria Subrogante

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