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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: Z-2RO-134-AM2013
N° Receptoría: Z-2RO-134-AM2013
Fecha: 2014-03-26
Carátula: BARRIOS SARA MAGDALENA S/ AMPARO (Salud Público RN)
Descripción: PROVIDENCIA a CEDULA
/// neral Roca; 26 de Marzo de 2.014.-
Téngase presente lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial en representación del Sr. Luis Guzmán.-
Importando los términos de su presentación la denuncia del incumplimiento a la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2.013 (conf. fs. 42/43), y atento a la intimación ya cursada en fecha 04 de febrero de 2.014, corresponde elevar las astreintes fijadas oportunamente, a la suma de $ 3.500 por cada dia de retardo en el cumplimiento de la obligación, las que se devengarán a partir de la notificación de la presente providencia.- A cuyo efecto líbrese cédula con habilitación de dias y horas inhábiles.- Cúmplase por Secretaria.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
a diligenciar por el oficial notificador de VIEDMA
Sr. GOBERNADOR DE LA PCIA. DE RIO NEGRO
LAPRIDA 212
VIEDMA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BARRIOS SARA MAGADALENA S/ AMPARO (Salud Público RN)” (Expte. N* Z-2RO-134-AM2013), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente providencia: General Roca, 26 de marzo de 2014.- Téngase presente lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial en representación del Sr. Luis Guzmán.- Importando los términos de su presentación la denuncia del incumplimiento a la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2.013 (conf. fs. 42/43), y atento a la intimación ya cursada en fecha 04 de febrero de 2.014, corresponde elevar las astreintes fijadas oportunamente, a la suma de $ 3.500 por cada dia de retardo en el cumplimiento de la obligación, las que se devengarán a partir de la notificación de la presente providencia.- A cuyo efecto líbrese cédula con habilitación de dias y horas inhábiles.- Cúmplase por Secretaria.- Fdo. Dra. Andrea V. de la Iglesia. JUEZ.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 26 de marzo de 2014.-c
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
a diligenciar por el oficial notificador de VIEDMA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA de RIO NEGRO
LAPRIDA 240
VIEDMA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BARRIOS SARA MAGADALENA S/ AMPARO (Salud Público RN)” (Expte. N* Z-2RO-134-AM2013), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente providencia: General Roca, 26 de marzo de 2014.- Téngase presente lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial en representación del Sr. Luis Guzmán.- Importando los términos de su presentación la denuncia del incumplimiento a la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2.013 (conf. fs. 42/43), y atento a la intimación ya cursada en fecha 04 de febrero de 2.014, corresponde elevar las astreintes fijadas oportunamente, a la suma de $ 3.500 por cada dia de retardo en el cumplimiento de la obligación, las que se devengarán a partir de la notificación de la presente providencia.- A cuyo efecto líbrese cédula con habilitación de dias y horas inhábiles.- Cúmplase por Secretaria.- Fdo. Dra. Andrea V. de la Iglesia. JUEZ.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 26 de marzo de 2014.-c
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
a diligenciar por el oficial notificador de VIEDMA
Sr. FISCAL DE ESTADO
ALVARO BARRIOS 328
V I E D M A
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BARRIOS SARA MAGADALENA S/ AMPARO (Salud Público RN)” (Expte. N* Z-2RO-134-AM2013), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente providencia: General Roca, 26 de marzo de 2014.- Téngase presente lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial en representación del Sr. Luis Guzmán.- Importando los términos de su presentación la denuncia del incumplimiento a la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2.013 (conf. fs. 42/43), y atento a la intimación ya cursada en fecha 04 de febrero de 2.014, corresponde elevar las astreintes fijadas oportunamente, a la suma de $ 3.500 por cada dia de retardo en el cumplimiento de la obligación, las que se devengarán a partir de la notificación de la presente providencia.- A cuyo efecto líbrese cédula con habilitación de dias y horas inhábiles.- Cúmplase por Secretaria.- Fdo. Dra. Andrea V. de la Iglesia. JUEZ.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 26 de marzo de 2014.-c
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro