Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0272/2013

N° Receptoría: F-1VI-48-C2013

Fecha: 2014-03-25

Carátula: ESTEVANACIO CELIA ANTONIA S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - HOMOLOGA

EXPTE Nº 0272/2013

CARATULA: ESTEVANACIO CELIA ANTONIA S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Viedma, de marzo de 2014.-

Por evacuada la vista conferida, tiénese presente.-

Atento el acuerdo arribado por las partes a fs. 45/46, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales de los Dres. Alba S. Schiavi de van Konijnenburg, Silvia B. Aramburú de Uribe y Mario Salvador Cáccamo, en forma conjunta, en la suma de $ 25.884, con cargo a la sucesión y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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