Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: M-2RO-227-C3-14

N° Receptoría: M-2RO-227-C2014

Fecha: 2014-03-25

Carátula: PEÑA MAXIMINA NOBELIA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)

Descripción: INICIO

Expte:PEÑA MAXIMINA NOBELIA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)

Nro: M-2RO-227-C3-14

General Roca, 25 de marzo de 2014.-w

Por presentado, parte y con domicilio.-

Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-

Cítese a los futuros demandados GABRIEL MARTIN VILLARRUEL, EMPRESA 18 DE MAYO Y MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, y a la Dirección General de Rentas de esta Provincia, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C. Notifíquese con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos.-

Líbrense oficios al RPI, R.P.A a fin de de que informen si la actora posee bienes inscriptos a su nombre.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).-

Cúmplase con el Bono Ley 2897.-

Hágase saber que deberá adjuntarse una copia del poder para traslado.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

Nota: de haberse iniciado los autos "Peña Maximina Nobelia c/Villarruel Gabriel Martin y otros s/Daños y Perjuicios (Ordinario)" (A-2RO-328-C3-14) por ante este Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3. Conste.-

Secretaría, 25 de marzo de 2014.-w

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