Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: Z-2RO-169-AM3-14

N° Receptoría: Z-2RO-169-AM2014

Fecha: 2014-03-25

Carátula: BUDIMIR VICTORIA ELVIRA S/ AMPARO

Descripción: CEDULA Y AGREG. CEDULA

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BUDIMIR VICTORIA ELVIRA S/ AMPARO” (Expte. N* Z-2RO-169-AM3-14), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución General Roca, el día que salipo el fallo Por todo lo expuesto, FALLO:-Declarando procedente la acción de amparo promovida por la Sra. CARINA TESAN, en nombre y representación de su madre VICTORIA ELVIRA BUDIMIR (L.C. 5.253.9459) por los argumentos volcados en los respectivos considerandos, ordenando en consecuencia al I.P.R.O.S.S. y a la PROVINCIA DE RÍO NEGRO, el cese inmediato de su conducta lesiva y que en el término de DOS (2) días de notificados, arbitren en forma urgente y coordinada las medidas que correspondan a los fines de proveer la cobertura que requiere el caso a los fines de que su afiliada sea asistida en forma domiciliaria y conforme los términos prescriptos por su profesional médico, bajo apercibimiento de que ello sea realizado a su costa (arg. art. 513 del C.P.C.C.), de aplicárseles una sanción conminatoria de Pesos mil quinientos ($ 1.500,00) por cada día de retardo a favor de la parte actora, y a su vez, de incurrir el responsable del organismo en desobediencia a una orden judicial (art. 239 Cód. Penal).- Costas a la demandada vencida (art. 68 del C.P.C.C.).- Atento lo dispuesto por los arts. 6,7,8,9,10,11, 37 de la Ley G 2212, y art. 40 de la Ley K 4199 regúlanse los honorarios profesionales a favor de la Dra. Mónica Sepúlveda -en su carácter de patrocinante de la parte actora- en la suma de pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400,00), valorando asimismo su actuación eficaz, rápida y de colaboración continua a los fines de culminar con este proceso. REGÍSTRESE. Notifíquese con habilitación de días y horas inhábiles.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, de marzo de 2014.-

ROMINA ZILVESTEIN

Secretaria Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro