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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1056/2009
Fecha: 2014-03-21
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ PERALTA ELBA ROSA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TARJETA NARANJA S.A. C/ PERALTA ELBA ROSA S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)", Expte. Nº 1056/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 18 de marzo de 2.014.-VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 18/20 y condenar a la sra. Elba Rosa Peralta a abonar a Tarjeta Naranja S.A., en el plazo de 10 días, la suma de $ 14.250 en concepto de capital e intereses calculados al 31/01/14 y de allí en más intereses a la tasa activa hasta su efectivo pago.-II.- Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios del Dr. Fernando Arturo Casadei en 10 jus (conf. arts. 6, 7, 8, 9 y conc. Ley G nº 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2014.-
*05TXHO.2XNEF2*
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Poder Judicial de Río Negro