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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0267/2006
Fecha: 2006-06-05
Carátula: LAHOURNERE PATRICIA ISABEL C/ LEON MABEL S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0267/2006.-
CARATULA: "LAHOURNERE PATRICIA ISABEL C/ LEON MABEL S/ EJECUTIVO".-
Viedma, junio de 2.006.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, sra. Mabel León como empleada de la Municipalidad del Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires, hasta cubrir la suma de $ 185,30 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 26 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al municipio mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Pablo Daniel Montenegro a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 60 por honorarios y la de $ 125,30 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-
Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar los oficios ordenados.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro