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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-226-C3-14
N° Receptoría: M-2RO-226-C2014
Fecha: 2014-03-21
Carátula: ALFARO ROSARIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Descripción: PREVIO
Expte:ALFARO ROSARIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Nro: M-2RO-226-C3-14
General Roca, 21 de marzo de 2014.-w
Por presentado, parte y con domicilio.-
Previo a todo, cúmplase con lo dispuesto en el art. 79 del CPC, con respecto al número de testigos, y denúnciese el monto que reclamará en los autos principales. Abónese el Bono Ley 2897.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
Nota: De haberse iniciado por ante este Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3 los autos "Alfaro Rosario c/Gervasio Angel Antenao y otro s/Daños y Perjuicios (Ordinario)" Expte. A-2RO-325-C3-14.-
Secretaría, 21 de marzo de 2014.-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro