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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0517/2011
Fecha: 2014-03-20
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MILLA CRISTINA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0517/2011
CARATULA:CONFIAR S.R.L. C/ MILLA CRISTINA S/ EJECUTIVO
Viedma, de marzo de 2014.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada CRISTINA MILLA como empleada del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut, hasta cubrir la suma de $ 1.562 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.806 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro