Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1086/2013

N° Receptoría: A-1VI-137-C2013

Fecha: 2014-03-20

Carátula: BARRIONUEVO PABLO MARTIN Y OTRA C/ LEJARRAGA MARTIN ARNALDO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: debe aclarar monto - blsg - llama atención - forma 2 cuerpo

EXPTE. Nº 1086/2013

CARATULA: BARRIONUEVO PABLO MARTIN Y OTRA C/ LEJARRAGA MARTIN ARNALDO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de marzo de 2014.-

Toda vez que la aclaración efectuada también contiene un error en la sumatoria conforme fuera ya apuntado a fs. 254, aclárese o adécuese.-

Asimismo, cúmplase con lo requerido respecto al trámite de beneficio de litigar sin gastos o abónense los sellados y aportes de ley.-

Sin perjuicio de ello, hágase saber al profesional interviniente que en el futuro deberá extremar el cuidado y ajustar su actuación a los fines de evitar un dispendio innecesario.-

Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 200.-

Rosana Calvetti

Juez

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