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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0598/2012
Fecha: 2014-03-19
Carátula: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: OBSERVA PERICIA - PARA SUSTANCIACION LIBR OF
EXPTE. Nº 0598/2012.-
CARATULA: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de marzo de 2014.-
Atento las observaciones formuladas a la pericia psicológica efectuada en extraña jurisdicción y a los fines que se expida al respecto la perito designada Lic. María Claudia Romero, remítase copia de la pericia obrante a fs. 409/414 y del escrito de observación de fs. 435/436 (conf. art. 473 CPCC). A tal fin, líbrese oficio en los términos de la ley 22.172 al Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Trelew (Provincia de Chubut).-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro