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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40236
Fecha: 2014-03-19
Carátula: VILLANUEVA Jose Arturo S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: AUDIENCIA PROVIDENCIA
En la ciudad de General Roca; Provincia de Río Negro, a los 19 días del mes de Marzo de 2.013, siendo las 10:10 horas comparecen ante mi Secretaria Autorizante el Sr. Rolando Villanueva, con el patrocinio letrado del Dr. Roberto Joison y el Sr. Arturo Adrián Villanueva con el patrocinio letrado del Dr. Rodolfo Vesciglio, quienes comparecen a los fines de la celebración de la audiencia fijada para el día de la fecha.-En este estado luego de un intercambio de opiniones, el Dr. Vesciglio solicita la palabra quien manifesta: Contestando el traslado de fs. 73 respecto de la presentación de fs. 72 y en función de la reserva formulada a fs. 68 en la audiencia respecto de la ocurrencia de circunstancias extraordinarias que ameriten una reevaluación del inmueble del acervo esta parte entiende que ha ocurrido tal evento, por lo que solicita se reconozca un reevalúo sobre el precio originario pactado del 10% es decir la suma de $ 30.000 por la suma que le correspondería a Adrián Villanueva.- En este estado el Dr. Joison manfiesta,sin que implique reconocimiento de hechos y derechos y al sólo efecto transaccional para dar por concluido la adjudicación del inmueble Rolando Villanueva acepta pagar la suma de $ 30.000 más por la adjudicación del 50% del inmueble que le corresponde al coheredero solicitando que se le otorgue hasta el 28 de abril de 2.014 para proceder a su depósito en autos.- Que perfeccionado dicho depósito el inmueble objeto del presente acuerdo quedará adjudicado en un 100% a nombre del coheredero Rolando Guillermo Villanueva, para lo cual una vez cumplimentados los trámites previstos procesalmente solicitarán en estos autos y en los autos "Berene, Amelia María s/ Sucesión Ab Intestato" , se incriban en ambas sucesiones el inmueble a nombre del Sr. Rolando Villanueva por el sistema de tracto abreviado.-Solicito en este acto se apruebe el acuerdo y se haga valer los términos del presente en aquél ya que se ha acordado la adjudicación del 100% del inmueble.- En este estado el Dr. Vesciglio y el Sr. Arturo Adrián Villanueva prestan conformidad con el todo de lo manfestado.- A lo que se resuelve: pasen las presentes actuaciones a proveer.-
No siendo para mas y finalizado el acto previa lectura y ratificación de la presente acta firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
Expte:VILLANUEVA Jose Arturo S/ PROCESO SUCESORIO
Nro: 40236
General Roca, 19 de marzo de 2014.-
Téngase presente e indíquese concretamente la forma en que se realizará la inscripción.-
Cúmplase con la ley 869, respecto de los honorarios regulados a fs. 74.-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro