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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-27-C3 - 13
N° Receptoría: A-2RO-27-C2013
Fecha: 2014-03-18
Carátula: HIDALGO CANO Anavaleska C/ BERTHON Carlos Alfredo S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: AVOCAMIENTO. ESTESE A LA FECHA FIJADA
"HIDALGO CANO Anavaleska C/ BERTHON Carlos Alfredo S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
(Expte. Nro. A-2RO-27-C3 - 13)
//neral Roca, 18 de marzo de 2014.-
Avócome, hágase saber el juez que va a entender en la causa.-
A lo solicitado, no ha lugar por cuanto la agenda de este Juzgado no lo permite. Considérese que siete testigos son los que deberán prestar su declaración, amén de la confesional, y a la fecha restan diligenciar la totalidad de las notificaciones y oficios (fs. 60).-
A los fines de citar al demandado a absolver posiciones, líbrese cédula a su domicilio real debiendo el oficial notificador observar en el caso las disposiciones de los arts. 140, 141 del C.P.C.C. (cf. criterio de nuestra Cámara local, en autos "Avalón Créditos Personales SA C/ Leal Nicolás F. S/Ejecutivo" (Expte. 2ro-235-C2013) del 18/12/13.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro