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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0928/2009
Fecha: 2014-03-17
Carátula: CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ NUÑEZ CELIA NOEMI Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Descripción: AUDIENCIA ART. 24 LEY G 2212
EXPTE. Nº 0928/2009
CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ NUÑEZ CELIA NOEMI Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Viedma, de marzo de 2014.-
Agréguese.-
Al punto II, previamente deberá darse cumplimiento con la ley 869.-
Atento el estado de autos y a los fines de lo dispuesto por el art. 24 de la ley G 2212, señálase la audiencia del día 31 de marzo de 2014, a las 10:00 hs a la que deberán comparecer los obligados al pago, munidos de sus documentos de identidad y los profesionales intervinientes, o en su caso presentar acuerdo de partes. Notifíquese.-
A lo demás oportunamente en caso de corresponder.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro